Precios de Transferencia en Colombia: Qué son y quiénes están obligados a declarar
- José Eduardo Moreno
- 13 oct
- 5 Min. de lectura
En mis más de 10 años asesorando empresas en Colombia, he notado un patrón: el término "precios de transferencia" genera más confusión y temor de lo necesario. Se percibe como algo exclusivo para multinacionales gigantes, complejo e inabordable.
Mi objetivo con esta guía es aclarar el panorama. Vamos a desmitificar qué es este régimen, entender su lógica y, lo más importante, determinar si tu empresa debe prestarle atención.

Hablemos Claro: ¿Qué Son Realmente los Precios de Transferencia?
De forma sencilla, el régimen de precios de transferencia es un conjunto de normas que busca asegurar que las transacciones entre empresas vinculadas se realicen a precios de mercado. Es decir, como si se estuvieran haciendo con un tercero independiente.
El error más común no es técnico, es de concepto. Entender esto no es solo para cumplir un requisito, es para proteger a tu empresa de riesgos fiscales significativos en el futuro.
La Lógica Detrás del Concepto: El Principio de Plena Competencia
La piedra angular de toda esta normativa, tanto en Colombia como a nivel mundial (impulsada por la OCDE), es el Principio de Plena Competencia (conocido en inglés como Arm's Length Principle).
La idea es simple: la DIAN quiere evitar que las empresas vinculadas manipulen los precios de sus transacciones para trasladar beneficios a países o zonas con menor carga fiscal, afectando el recaudo de impuestos en Colombia. No es un castigo, es una regla de transparencia.
Un Ejemplo Práctico para Entenderlo en Menos de 1 Minuto
Imagina que tu empresa en Bogotá, "ABC Colombia", produce zapatos. Tienes una empresa hermana, "ABC Panamá", que los distribuye en Centroamérica. "ABC Colombia" le vende un par de zapatos a "ABC Panamá".
Sin precios de transferencia: Podrías venderle cada par a $1 para que casi toda la ganancia se genere en Panamá, donde quizás los impuestos son más bajos.
Con precios de transferencia: La DIAN te exige que el precio de venta a "ABC Panamá" sea el mismo que le cobrarías a una zapatería independiente en Cali, por ejemplo, $20. Esto asegura que la utilidad que corresponde a la producción se quede (y tribute) en Colombia.
El régimen de precios de transferencia, en esencia, se encarga de verificar que esa venta se hizo a $20 y no a $1.
La Pregunta Clave: ¿Mi Empresa Está Obligada a Declarar Precios de Transferencia?
Aquí es donde muchos empresarios se pierden, pero es más fácil de lo que parece. Para estar obligado, debes cumplir con dos tipos de criterios simultáneamente: uno sobre tus operaciones y otro sobre tus cifras financieras (topes).
Paso 1: Revisa tus Operaciones y Vinculados
Primero, pregúntate si durante el año gravable tu empresa realizó operaciones con alguno de los siguientes actores:
Vinculados en el exterior.
Vinculados ubicados en Zonas Francas de Colombia.
Personas o empresas ubicadas en paraísos fiscales (jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición).
Si no realizaste ninguna operación de este tipo, puedes estar tranquilo. Si la respuesta es sí, pasamos al segundo paso.
Paso 2: Verifica los Topes de Patrimonio e Ingresos (en UVT)
· Ingresos brutos: desde 61.000 UVT.
· Patrimonio bruto: desde 100.000 UVT.
Aplica también si realizas operaciones con vinculados ubicados en Zonas Francas, o en jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición o regímenes tributarios preferenciales.
Topes por transacción (obligación de analizar y documentar):
Operaciones ordinarias: desde 45.000 UVT por tipo de transacción con vinculados.
Operaciones con vinculados ubicados en jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición o regímenes tributarios preferenciales (también llamadas “paraísos fiscales”): desde 10.000 UVT.
Recuerda: el valor de la UVT cambia cada año. Verifica los montos vigentes del año gravable que estás documentando.
Checklist Rápido: ¿Debo Analizar Este Tema a Profundidad?
Responde estas preguntas:
¿Hice transacciones con vinculados en el exterior, en Zonas Francas o en paraísos fiscales?
Si la respuesta es sí, ¿mi patrimonio bruto superó las 100.000 UVT O mis ingresos brutos superaron las 61.000 UVT?
Si respondiste SÍ a ambas preguntas, entonces el régimen de precios de transferencia te aplica y debes seguir leyendo.
¿Cuáles Son Mis Obligaciones si Cumplo los Requisitos?
Si has confirmado que estás dentro del régimen, tienes el siguiente deber formal:
La Declaración Informativa (Formulario 120)
Es la obligación más visible. Consiste en presentar a la DIAN, de forma virtual, el Formulario 120, donde se detallan las operaciones realizadas con vinculados. Esta declaración debe contener información sobre los vinculados, los montos, los tipos de operación y la metodología usada para fijar los precios.
Informe Local (Local File): detalle de la entidad en Colombia, descripción del negocio local, análisis funcional, selección de método, estudio de comparabilidad, resultados del test de plena competencia y conclusiones por tipo de transacción.
Informe Maestro (Master File): visión global del grupo multinacional (estructura, actividades, intangibles, políticas financieras y de PT a nivel grupo).
Reporte País por País (Country-by-Country, CbC): para ciertos grupos multinacionales que superan el umbral global; presenta distribución de ingresos, utilidades e impuestos por jurisdicción.
Tip de cumplimiento: estructura tu Informe Local por transacción (o clúster de transacciones) y cierra cada sección con una conclusión operativa (rango, resultado y efecto fiscal) para facilitar la revisión.
Consejos de un Experto: Los Errores Más Comunes que Debes Evitar
Después de analizar más de 500 casos, he visto empresas cometer los mismos errores una y otra vez. Aquí te los comparto para que no te pasen a ti:
Ignorar las operaciones con Zonas Francas: Muchos creen que, por estar en territorio nacional, estas operaciones no cuentan. Es un error costoso que puede llevar a sanciones.
Esperar hasta el último minuto: Realizar un estudio de precios de transferencia de calidad lleva tiempo. Si esperas a la fecha límite para ver si estabas obligado, es muy probable que no alcances a preparar la documentación de soporte adecuadamente.
No documentar correctamente: La clave de este régimen es la prueba. No basta con decir que tus precios son de mercado, debes demostrarlo con un análisis económico y funcional robusto.
Mi principal consejo es siempre el mismo: anticípate. Evaluar a tiempo si eres un obligado potencial es el primer paso para una gestión fiscal ordenada y sin sorpresas.
Calendario y forma de presentación
La presentación es 100% virtual a través de los servicios informáticos de la DIAN.
Los plazos se publican cada año en el calendario tributario; identifícalos para Formulario 120, Informe Local, Informe Maestro y CbC, si aplican.
Asegúrate de contar con el certificado digital y con usuarios habilitados con suficiente antelación.
Notas prácticas:
En Colombia, los vencimientos de PT suelen iniciar en septiembre de cada año (según calendario DIAN) y el archivo maestro se debe presentar en diciembre.
Para posibilitar un análisis robusto y la toma de decisiones (ajustes, contratos, provisiones), el desarrollo del trabajo debe contratarse con anticipación suficiente y ejecutarse antes del inicio de los vencimientos.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué son los "vinculados económicos"?
Son empresas o personas donde existe una relación de control o subordinación. Esto incluye casos como una casa matriz y su filial, sucursales de sociedades extranjeras, o cuando una misma persona o grupo tiene control sobre varias empresas.
¿Operar con una empresa en Zona Franca me obliga a declarar?
No automáticamente. Es una de las condiciones necesarias, pero para estar obligado, también debes superar los topes de patrimonio (100.000 UVT) o ingresos (61.000 UVT).
¿Qué sanciones existen si no cumplo con la normativa?
Existen diversas sanciones que la DIAN puede imponer. Estas van desde multas por no presentar la Declaración Informativa o hacerlo de forma extemporánea, hasta sanciones por tener una documentación comprobatoria con errores o inconsistencias, o por no determinar los precios según el Principio de Plena Competencia. La propia declaración debe incluir la liquidación de sanciones si aplica.



