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Decreto 2120 de 2017: La guía práctica que define los Precios de Transferencia en Colombia

  • Foto del escritor: José Eduardo Moreno
    José Eduardo Moreno
  • 23 oct
  • 5 Min. de lectura

Si te dedicas al mundo tributario o financiero en Colombia, es probable que el "Decreto 2120 de 2017" no te suene ajeno. Pero, ¿realmente entendemos su magnitud? Desde nuestra experiencia en TP&T - Transfer Pricing & Tax (tptspecialist.com), asesorando a empresas de todos los sectores económicos, podemos afirmar que este decreto no fue una simple actualización normativa; fue el verdadero punto de inflexión que modernizó el régimen de Precios de Transferencia en el país.


Este no es solo un resumen de la norma. Es una guía práctica para entender por qué se creó, qué cambió para siempre en la forma de documentar y justificar operaciones entre vinculados, y cómo sus efectos siguen muy presentes hoy en día


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¿Qué es el Decreto 2120 y por qué marcó un antes y un después en el régimen?

Para entender el Decreto 2120, primero hay que mirar fuera de Colombia. No nació de la nada, sino como una respuesta directa a un movimiento global de transparencia fiscal.


El contexto global: La llegada de la OCDE y la adaptación de las acciones BEPS

A mediados de la década de 2010, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) lideró una iniciativa global para combatir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, conocida como BEPS (Base Erosion and Profit Shifting). En esencia, se buscaba evitar que las multinacionales movieran sus ganancias a paraísos fiscales para no pagar impuestos.


Colombia, en su proceso de adhesión a la OCDE, se comprometió a adoptar estas directrices. El Decreto 2120 fue la materialización de ese compromiso, especialmente en lo que respecta a la Acción 13 de BEPS, que exigía una documentación estandarizada y transparente sobre precios de transferencia.


De la Ley 1819 de 2016 al Decreto 2120: Lo que realmente se reglamentó

La Reforma Tributaria Estructural (Ley 1819 de 2016) sentó las bases, introduciendo en el Estatuto Tributario la necesidad de una nueva documentación. Sin embargo, fue el Decreto 2120 el que aterrizó esos conceptos y nos dijo cómo debíamos hacerlo.

En la práctica, este decreto reglamentó los artículos clave del Estatuto Tributario, dándonos las reglas de juego detalladas sobre cómo preparar y presentar la información que la DIAN exigiría a partir de ese momento.


El gran cambio: La documentación de 3 niveles (Informe Local, Maestro y País por País)

Este es, sin duda, el corazón del decreto. Pasamos de un único informe (la documentación comprobatoria tradicional) a una estructura de tres capas que ofrece una visión completa de las operaciones de un grupo multinacional.


Informe Local: Más allá del análisis (y los nuevos topes de 45.000 UVT)

El Informe Local ya existía, pero el Decreto 2120 refinó sus requisitos y, muy importante, elevó el tope para la obligación de documentar operaciones de 32.000 UVT a 45.000 UVT.

Lo que hemos visto en la práctica es que muchas compañías se enfocan solo en el análisis económico de sus transacciones. Sin embargo, el decreto reforzó la necesidad de incluir un contexto detallado sobre la gestión de la empresa, su estructura organizacional y la estrategia de negocio, información que es crucial para que la DIAN entienda el porqué de las operaciones.


Informe Maestro (Master File): La visión global que aún genera dudas en las empresas

El Informe Maestro fue la gran novedad. Es un documento que ofrece una visión panorámica del grupo multinacional a nivel global: sus principales fuentes de utilidad, su política de precios de transferencia, la ubicación de sus activos intangibles y su financiación.

Un error común que observamos en TP&T es que las filiales colombianas subestiman la importancia de este informe o asumen que la casa matriz lo tiene listo. El Decreto 2120 lo hizo obligatorio para grupos con ciertos niveles de ingresos, y la responsabilidad de presentarlo a la DIAN recae en el contribuyente local. Su ausencia no solo genera sanciones, sino que deja a la administración tributaria sin el mapa completo del negocio.


Informe País por País (CbC Report): El mapa de la transparencia fiscal internacional

El tercer nivel, el Informe País por País, es una declaración anual donde los grandes grupos multinacionales (con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros) deben desglosar, por cada jurisdicción fiscal en la que operan, datos como ingresos, utilidades, impuestos pagados y número de empleados.


Es la herramienta de transparencia fiscal por excelencia y le permite a la DIAN identificar rápidamente patrones de riesgo o posibles traslados artificiales de beneficios.


Otros 3 impactos clave del Decreto 2120 en la práctica diaria

Más allá de la documentación, el decreto introdujo precisiones técnicas que cambiaron la forma de analizar ciertas operaciones.


1. El manejo de Commodities: Precisión en el método de valoración (Método PC)

El decreto estableció lineamientos específicos para las operaciones con commodities (productos básicos con precios cotizados, como café, petróleo o carbón). Señaló al método del Precio Comparable no Controlado (PC) como el más apropiado, y especificó que se debía usar la fecha de embarque como referencia para la comparación, aportando una certeza que antes no existía. Hemos visto cómo esto ha simplificado y estandarizado los estudios para empresas del sector minero y agroindustrial.


2. Acuerdos Anticipados de Precios (APAs): Un camino hacia la certeza tributaria

Aunque los APAs ya existían, el Decreto 2120 reglamentó sus etapas y términos de duración (evaluación, negociación, suscripción). Esto los convirtió en una herramienta más viable para que los contribuyentes pudieran acordar con la DIAN, de forma anticipada, la metodología de valoración de sus operaciones, brindando seguridad jurídica por hasta cinco años.


3. Definiciones clave: Servicios de bajo valor añadido y jurisdicciones no cooperantes

Finalmente, el decreto adoptó definiciones de la OCDE para conceptos como los "servicios de bajo valor añadido", permitiendo un enfoque simplificado para su análisis, y precisó el tratamiento de operaciones con entidades en jurisdicciones no cooperantes o regímenes preferenciales, un foco constante de fiscalización.


¿Sigue vigente el Decreto 2120? Nuestra visión como expertos de cara al futuro

Absolutamente. Aunque han surgido nuevas resoluciones y conceptos de la DIAN, el Decreto 2120 de 2017 sigue siendo el esqueleto del régimen de precios de transferencia en Colombia. Entenderlo no es solo cumplir con una norma de hace años, es comprender la lógica que la administración tributaria aplica hoy para fiscalizar a los grupos multinacionales.

En TP&T, no solo preparamos la documentación; ayudamos a nuestros clientes a entender la estrategia detrás de la norma, asegurando que sus operaciones no solo cumplan, sino que estén blindadas ante cualquier futura revisión.


Preguntas Frecuentes (FAQs) sobre el Decreto 2120 y Precios de Transferencia


¿Qué es el principio de plena competencia (Arm's Length Principle) que refuerza el decreto?

Es el estándar internacional que exige que las transacciones entre partes vinculadas se realicen como si se hubieran hecho entre partes independientes. Todo el análisis de precios de transferencia, reforzado por el Decreto 2120, busca demostrar el cumplimiento de este principio.


¿Qué sanción existe si no presento el Informe Maestro o Local?

Las sanciones son significativas y están establecidas en el Estatuto Tributario. La omisión o presentación con errores de la documentación comprobatoria (Informe Local y/o Maestro) puede acarrear multas considerables sobre el valor de las operaciones no documentadas o documentadas incorrectamente.


¿El Decreto 2120 afectó las operaciones con Zonas Francas?

Sí. El régimen de precios de transferencia aplica a las operaciones entre vinculados ubicados en el territorio aduanero nacional y usuarios de zonas francas. El decreto mantuvo este tratamiento, por lo que estas operaciones deben ser analizadas y documentadas bajo los mismos principios.





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