Archivo Local en Precios de Transferencia: Guía Técnica para Colombia (Normativa DIAN)
- José Eduardo Moreno
- 5 dic 2025
- 5 Min. de lectura
Si eres gerente financiero o contador en Colombia, es probable que la expresión "Precios de Transferencia" te genere sentimientos encontrados: por un lado, sabes que es una obligación crítica para evitar sanciones millonarias; por otro, enfrentarse a la normativa pura de la DIAN (como ese denso Anexo Técnico) puede ser, siendo honestos, un dolor de cabeza.
En mi trayectoria asesorando empresas en TPT Specialist, he notado que la mayor confusión suele darse en el primer nivel de cumplimiento: el Archivo Local (o Local File). No es solo "llenar un formato"; es la base probatoria de que tus operaciones con vinculados cumplen el principio de plena competencia.
Hoy vamos a "traducir" el Decreto 2120 de 2017 y la normativa vigente a un lenguaje que te sirva para tomar decisiones, sin perder el rigor técnico que la DIAN exige.

¿Qué es el Informe Local (Local File) en Precios de Transferencia y para qué sirve?
El Informe Local no es un capricho de la legislación colombiana. Es parte de un estándar global impulsado por la OCDE (específicamente la Acción 13 del proyecto BEPS) para evitar la erosión de la base imponible.
En términos simples, es un estudio que debe contener los soportes y análisis que demuestren que cada operación que hiciste con tus vinculados del exterior (o en zonas francas) se pactó a precios de mercado.
¿Cuál es la "Biblia" aquí?
Toda la estructura técnica que manejamos hoy se basa en las modificaciones introducidas por la Ley 1819 de 2016 y reglamentadas por el Decreto 2120 de 2017. Este decreto es clave porque alineó a Colombia con los estándares internacionales, dividiendo la documentación en tres niveles: Informe Local, Informe Maestro y País por País.
Nota de experiencia: Muchos clientes llegan preocupados por el "Informe Maestro", pero el 90% de la batalla operativa se libra primero aquí, en el Archivo Local. Si este queda mal, el resto de la estructura se cae.
¿Estoy obligado a presentarlo? Topes y Requisitos (Año Gravable 2024/2025)
Esta es la pregunta del millón. La normativa ha unificado los topes para evitar interpretaciones creativas. Estás obligado a presentar la Declaración Informativa y el Informe Local si cumples alguna de estas condiciones relacionadas con tu patrimonio o ingresos brutos:
Patrimonio Bruto: Igual o superior a 100.000 UVT al último día del periodo gravable.
Ingresos Brutos: Iguales o superiores a 61.000 UVT.
Si superas cualquiera de estos techos y realizas operaciones con vinculados y acumulas operaciones anuales con vinculados por más de 45.000 UVT, te toca presentar documentación.
El "trampa" de las Jurisdicciones No Cooperantes
Aquí es donde veo caer a muchos. La norma tiene una excepción crítica. Si realizas operaciones con personas o empresas ubicadas en lo que antes llamábamos "paraísos fiscales" (ahora técnicamente jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición), estás obligado automáticamente, sin importar si tu patrimonio o ingresos son menores a los topes de 100.000 o 61.000 UVT.
En mi experiencia, es vital revisar esto con lupa. El simple cambio de terminología en la norma (de paraísos a jurisdicciones no cooperantes) busca armonizar el Decreto 1625 con el Estatuto Tributario, y pasar esto por alto puede salir caro.
Estructura del Archivo Local: Lo que la DIAN exige
El Decreto 2120 sustituyó el Capítulo 2 del Título 2 del Decreto 1625, estableciendo una estructura rígida que no podemos improvisar. Un buen Archivo Local debe tener:
1. Análisis Funcional
No basta con decir "vendimos zapatos". Debes identificar:
Las actividades y funciones reales de cada parte.
Los activos utilizados (tangibles e intangibles).
Los riesgos asumidos: Este es el punto donde la DIAN suele apretar. Si dices que tu filial en el exterior asume el riesgo de mercado, debes probarlo.
2. Análisis Económico
Aquí entran los números. Debemos describir detalladamente cada operación (monto, contraparte, vinculación) y seleccionar el método de precios de transferencia adecuado.
Consejo de experto: La clave del éxito en el análisis económico es la correcta elección de la "Parte Analizada". Generalmente, seleccionamos la entidad menos compleja (la que tiene menos funciones y activos intangibles) porque permite aplicar el método de forma más fiable. Si te equivocas eligiendo a quién analizar, todo el estudio puede ser rechazado.
3. Información de Comparabilidad
Debemos justificar de dónde sacamos los "comparables" (empresas o transacciones similares). Si usamos datos de años anteriores, debemos explicar por qué.
Casos especiales: Commodities y Servicios Intragrupo
La normativa colombiana tiene "veneno" en ciertos detalles que, si no conoces, te pueden costar la deducibilidad del gasto.
Operaciones de Commodities
Si tu empresa exporta o importa commodities (hidrocarburos, minerales, café, etc.), la regla general es usar el método de Precio Comparable No Controlado. Pero ojo al dato:
Debes registrar el acuerdo de fijación de precios ante la DIAN antes o en la fecha de la transacción.
El riesgo: Si registras extemporáneamente o hay inconsistencias, la DIAN no usará el precio de tu contrato, sino la cotización promedio de la fecha de envío del commodity. En mercados volátiles, esa diferencia de fechas puede significar una glosa millonaria.
Excepcionalmente puedes utilizar otro método de estudio, siempre y cuando existan argumentos técnicos para demostrar que el método PC no es aplicable o conduce a conclusiones erróneas.
Servicios Intragrupo y Costos Compartidos
Ya no sirve solo con recibir una factura por "Management Fees" desde la casa matriz. Debes demostrar el beneficio económico real. Es decir, probar que ese servicio era necesario y que, de no haberlo recibido de tu vinculado, hubieras tenido que pagarle a un tercero o hacerlo tú mismo.
Sanciones y el "salvavidas" de la corrección voluntaria
El régimen sancionatorio (Art. 260-11 del E.T.) es severo, pero el Decreto 2120 trajo una buena noticia que siempre recalco a mis clientes cuando detectamos un error antes que la DIAN.
Existe una sanción reducida al 50% si realizas una corrección voluntaria de inconsistencias u omisiones en tu Informe Local o Maestro. La condición es hacerlo antes de que la DIAN te notifique un pliego de cargos o requerimiento especial.
Mi recomendación es siempre auditar tus informes preventivamente. Es mucho más barato corregir por iniciativa propia que esperar la notificación oficial.
Conclusión
El Archivo Local dejó de ser un simple requisito formal para convertirse en una herramienta técnica de defensa fiscal. Con la adopción de los estándares OCDE y el Decreto 2120, la DIAN tiene una "caja de herramientas" muy sofisticada para auditarnos.
La improvisación en Precios de Transferencia se paga caro. Asegúrate de contar con asesoría que entienda no solo la norma, sino tu negocio.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cuál es la diferencia entre Informe Local e Informe Maestro en Precios de Transferencia?
El Informe Local (Local File) se centra en las operaciones específicas de la empresa colombiana con sus vinculados (análisis transaccional). El Informe Maestro (Master File) ofrece una visión global de todo el grupo multinacional (cadena de suministro, políticas de intangibles y estructura financiera global).
¿Qué UVT se utiliza para calcular los topes de obligación 2024?
Debes utilizar la UVT vigente para el cierre del periodo gravable que estás reportando. Si estás preparando el informe del año gravable 2024 (a presentarse en 2025), usas la UVT de 2024.
¿Los intereses de préstamos cuentan para el tope de obligación?
Según la normativa, para operaciones de financiamiento, se tiene en cuenta el monto del principal del crédito para determinar si superas los topes que te obligan a declarar. Sin embargo, los intereses sí son objeto de análisis para su deducibilidad.
¿Hay sanciones por no incluir información en el archivo maestro?
Si, la DIAN ha considerado que el archivo maestro hace parte integral de la documentación comprobatoria y por consiguiente su no presentación o presentación incompleta se considera omisión de información.



